Descripción
Permite financiar total o parcialmente el arancel de referencia anual de una carrera de una universidad del Consejo de Rectores, a los estudiantes:
- Pertenecientes al 60% de la población de menores ingresos del país: 100% del arancel de referencia.
- Que se encuentran sobre el 60% y hasta el 80% de la población de menores ingresos del país: desde 100% hasta 50% del arancel de referencia.
El Fondo Solidario de Crédito Universitario se otorga en Unidades Tributarias Mensuales (UTM), con una tasa de interés anual del 2%. Se comienza a pagar después de dos años de haber egresado, por una suma equivalente al 5% del total de ingresos que el beneficiario obtuvo el año anterior.
El Fondo Solidario de Crédito Universitario es compatible con cualquier beca de arancel y el Crédito con Garantía Estatal (CAE) hasta un monto máximo determinado por el arancel de referencia de la carrera respectiva, a excepción de las becas Vocación de Profesor y Reparación, que no pueden complementarse con este beneficio.
1. Detalles
En la mayoría de los casos el plazo máximo de devolución es de 12 años, el que se extiende a 15 años si la deuda supera las 200 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
2. Beneficiarios
Estudiantes chilenos que:
- Estén matriculados en primer año en una carrera regular de pregrado, vía ingreso PSU, impartida por una universidad del Consejo de Rectores, acreditada al 31 de diciembre de 2016.
- Pertenecen al 80% de la población de menores ingresos del país.
- Obtuvieron al menos 475 puntos promedio en la PSU (lenguaje y comunicación, y matemáticas) en alguno de los dos últimos procesos de admisión (puntaje con el que fue seleccionado para ingresar a la carrera).
- No cuenten con un título profesional o técnico de nivel superior.
Importante:
- Para hacer efectiva la beca, las carreras de medicina y pedagogía deben estar acreditadas.
3. Vigencia
El beneficio sólo podrá otorgarse durante el tiempo reglamentario de duración de la carrera, de conformidad con lo que se indique en la malla curricular proporcionada cada año por la institución respectiva al MINEDUC.
4. Documentos Requeridos
- Fotocopia de la cédula de identidad del postulante y su grupo familiar. Si un integrante no cuenta con este documento, tiene que presentar su certificado de nacimiento o la fotocopia de la libreta de familia.
- Comprobante de servicios (luz, agua, gas, entre otros) para acreditar domicilio.
- Certificado de alumno regular del año vigente (emitido por el establecimiento educativo, instituto profesional, centro de formación técnica, universidad o Fuerzas Armadas) de todos los integrantes del grupo familiar declarados como estudiantes.
- Certificado de defunción (en caso de padres fallecidos).
- Comprobante de servicios (luz, agua, gas u otro) para que el progenitor que no vive con el grupo familiar acredite domicilio (en caso de padres separados).
- Documentos que acrediten los ingresos del grupo familiar.
Nota: toda actividad que no cuente con la documentación indicada en los puntos anteriores se puede acreditar mediante un informe social o ficha socioeconómica, además de la declaración de gastos.
Obtenga más información.
Postulación
Hasta el 20 de noviembre de 2016.
- Haga clic en AQUI.
- Escriba su RUT y contraseña, y haga clic en ingresar. Si no está registrado, cree una cuenta.
- Seleccione el periodo de postulación que corresponda, y haga clic en nueva postulación.
- Complete la información solicitada, y haga clic en guardar y continuar.
- Acepte los términos y condiciones, escriba su RUT y contraseña, y haga clic en finalizar postulación.
- Como resultado del trámite, habrá postulado al crédito. Obtendrá inmediatamente un comprobante, el que también recibirá en su correo electrónico.